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ACCEDE A LAS SIGUIENTES NORMATIVAS, LEYES NACIONALES, DECRETOS SUPREMOS Y OTROS:
NORMATIVAS
Nueva Constitución Política del Estado
En tiempos inmemoriales se erigieron montañas, se desplazaron ríos, se formaron lagos. Nuestra amazonia, nuestro chaco, nuestro altiplano y nuestros llanos y valles se cubrieron de verdores y flores. Poblamos esta sagrada Madre Tierra con rostros diferentes, y comprendimos desde entonces la pluralidad vigente de todas las cosas y nuestra diversidad como seres y culturas. Así conformamos nuestros pueblos, y jamás comprendimos el racismo hasta que lo sufrimos desde los funestos tiempos de la colonia.
LEYES NACIONALES
Ley No. 165
LEY GENERAL DE TRANSPORTE
La presente Ley tiene por objeto establecer los lineamientos normativos generales técnicos, económicos, sociales y organizacionales del transporte, considerado como un Sistema de Transporte Integral – STI, en sus modalidades aérea, terrestre, ferroviaria y acuática (marítima, fluvial y lacustre) que regirán en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia a fin de contribuir al vivir bien.
Ley No. 264
LEY DE SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA «PARA UNA VIDA SEGURA»
La presente Ley tiene por objeto garantizar la seguridad ciudadana, promoviendo la paz y la tranquilidad social en el ámbito público y privado, procurando una mejor calidad de vida con el propósito de alcanzar el Vivir Bien a través del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana «Para una Vida Segura», en coordinación con los diferentes niveles de Estado.
Ley No. 482LEY DE GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALESLa presente ley tiene por objeto regular la estructura organizativa y funcionamiento de los Gobiernos Autónomos Municipales de manera supletoria. |
Ley No. 602
LEY DE GETIÓN DE RIESGOS
La presente Ley tiene por objeto regular el marco institucional y competencial para la gestión de riesgos que incluye la reducción del riesgo a través de la prevención, mitigación y recuperación y; la atención de desastres y/o emergencias a través de la preparación, alerta, respuesta y rehabilitación ante riesgos de desastres ocasionados por amenazas naturales, socio-naturales, tecnológicas y antrópicas, así como vulnerabilidades sociales, económicas, físicas y ambientales.
Ley No. 017
LEY TRANSITORIA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES AUTÓNOMAS
transición de las prefecturas a gobiernos autónomos departamentales, funcionamiento de las asambleas departamentales, de la autonomía regional del chaco tarijeño, de la administración municipal y la autonomía indígena originario campesina.
Ley No. 699LEY BÁSICA DE RELACIONAMIENTO INTERNACIONAL DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES AUTÓNOMAS |
La presente Ley Básica tiene por objeto regular el ejercicio del relacionamiento internacional de las entidades territoriales autónomas, en sujeción a la competencia compartida con el nivel central del Estado, establecida en el numeral 5 del Parágrafo I del Artículo 299 de la Constitución Política del Estado
Ley No. 154LEY DE CLASIFICACIÓN Y DEFINICIÓN DE IMPUESTOS Y DE REGULARIZACIÓN PARA LA CREACIÓN Y/O MODIFICACIÓN DE IMPUESTOS DE DOMINIO DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS. |
El presente Título tiene por objeto clasificar y definir los impuestos de dominio tributario nacional, departamental y municipal, en aplicación del Artículo 323, parágrafo III de la Constitución Política del Estado.
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En tiempos inmemoriales se erigieron montañas, se desplazaron ríos, se formaron lagos. Nuestra amazonia, nuestro chaco, nuestro altiplano y nuestros llanos y valles se cubrieron de verdores y flores. Poblamos esta sagrada Madre Tierra con rostros diferentes, y comprendimos desde entonces la pluralidad vigente de todas las cosas y nuestra diversidad como seres y culturas. Así conformamos nuestros pueblos, y jamás comprendimos el racismo hasta que lo sufrimos desde los funestos tiempos de la colonia.
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Ley No. 165
LEY GENERAL DE TRANSPORTE
La presente Ley tiene por objeto establecer los lineamientos normativos generales técnicos, económicos, sociales y organizacionales del transporte, considerado como un Sistema de Transporte Integral – STI, en sus modalidades aérea, terrestre, ferroviaria y acuática (marítima, fluvial y lacustre) que regirán en todo el territorio del Estado Plurinacional de Bolivia a fin de contribuir al vivir bien.
Ley No. 264
LEY DE SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA «PARA UNA VIDA SEGURA»
La presente Ley tiene por objeto garantizar la seguridad ciudadana, promoviendo la paz y la tranquilidad social en el ámbito público y privado, procurando una mejor calidad de vida con el propósito de alcanzar el Vivir Bien a través del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana «Para una Vida Segura», en coordinación con los diferentes niveles de Estado.
Ley No. 482LEY DE GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALESLa presente ley tiene por objeto regular la estructura organizativa y funcionamiento de los Gobiernos Autónomos Municipales de manera supletoria. |
Ley No. 602
LEY DE GETIÓN DE RIESGOS
La presente Ley tiene por objeto regular el marco institucional y competencial para la gestión de riesgos que incluye la reducción del riesgo a través de la prevención, mitigación y recuperación y; la atención de desastres y/o emergencias a través de la preparación, alerta, respuesta y rehabilitación ante riesgos de desastres ocasionados por amenazas naturales, socio-naturales, tecnológicas y antrópicas, así como vulnerabilidades sociales, económicas, físicas y ambientales.
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LEY TRANSITORIA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES AUTÓNOMAS
transición de las prefecturas a gobiernos autónomos departamentales, funcionamiento de las asambleas departamentales, de la autonomía regional del chaco tarijeño, de la administración municipal y la autonomía indígena originario campesina.
Ley No. 699LEY BÁSICA DE RELACIONAMIENTO INTERNACIONAL DE LAS ENTIDADES TERRITORIALES AUTÓNOMAS |
La presente Ley Básica tiene por objeto regular el ejercicio del relacionamiento internacional de las entidades territoriales autónomas, en sujeción a la competencia compartida con el nivel central del Estado, establecida en el numeral 5 del Parágrafo I del Artículo 299 de la Constitución Política del Estado
Ley No. 154LEY DE CLASIFICACIÓN Y DEFINICIÓN DE IMPUESTOS Y DE REGULARIZACIÓN PARA LA CREACIÓN Y/O MODIFICACIÓN DE IMPUESTOS DE DOMINIO DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS. |
El presente Título tiene por objeto clasificar y definir los impuestos de dominio tributario nacional, departamental y municipal, en aplicación del Artículo 323, parágrafo III de la Constitución Política del Estado.